Como en varios lados utilizan “exclusión” y “desclasificación” como sinónimos, quería aclarar que representan dos grados de sanción distintos. La principal diferencia es que la exclusión es inapelable y la desclasificación no. El domingo José Ciantini fue excluido de toda la actividad del fin de semana de Turismo Carretera, entonces no sólo perdió la posibilidad de ser el ganador de la carrera, sino también de su serie (por lo que no sumó puntos). Para los que quieran indagar más, esto lo trata el artículo N°56 del reglamento de campeonato de la ACTC, que rige bajo las normas del RDA (capítulo XVIII).
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2 comentarios:
Gonza, buenísima la aclaración. El problema parte porque desde la misma ACTC denominan "desclasificación" a este tipo de situación y usan "exclusión" cuando se refieren, por ejemplo, a pilotos sancionados por maniobras fuera de lugar.
Abrazo,
Sí Pato, tenés razón. La misma ACTC genera la confusión. En este caso se envió un comunicado hablando de "desclasificación", pero en las planillas oficiales decía "exclusión", que era lo correcto.
Abrazo!
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